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PROYECTO 1.2

LEGISLACIÓN EDUCATIVA Y 
PERSPECTIVA HISTÓRICA

LGE (VILLAR PALASÍ)     1970
  • La Orientación educativa es reconocida como un derecho del alumnado a lo largo de la vida escolar.
  • Los alumnos cuentan con un servicio de orientación cuando entran nuevos en un centro para poder adaptar el plan de estudios al recién llegado.
  • La Universidad cuenta con una orientación para el personal docente y directivo.
  • Se aprueban las Orientaciones Educativas en la EGB, donde se contempla el Departamento de Orientación y Tutoría. 
  • Establecimiento de los Servicios de Orientación en el Curso de Orientación Universitaria (COU), resaltando la función de asesoramiento tanto en las opciones educativas como en las profesionales.
  • Se regula la orientación en Bachiller y en la FP, fijándose normas para la realización del consejo orientador al finalizar dicha etapa. 
  • Creación de Centros de Orientación e Información de Empleo (COIE) en las Universidades.
  • Creación de Servicios de Orientación Escolar y Vocacional (SOEV), con funciones de diagnóstico en relación con las dificultades de aprendizaje, asesoramiento al profesorado y familias, y de desarrollo de actividades de orientación (en los ámbitos escolar, personal y vocacional).
  • Se crea la Asociación Española para la Orientación Escolar y Profesional (AEOEP), preocupada por impulsar la labor orientadora.

LOECE 1980
  • Habrá un servicio de orientación educativa y profesional a lo largo de la permanencia de los alumnos en el centro y de manera especial al finalizar la escolaridad obligatoria y en los momentos de realizar sus exámenes.
  • Los alumnos tendrán el derecho a una orientación educativa y profesional, atendiendo a los problemas personales de aprendizaje y de desarrollo de la responsabilidad así como a la ayuda en las fases terminales para la elección de estudios y actividades laborales.
LODE 1985
  • Reconocer a los alumnos el derecho a recibir orientación escolar y profesional.
  • El claustro (profesores, directores, jefe de estudios, orientadores…) coordina las funciones de orientación y tutoría de los alumnos.

LOGSE 1990
  • Creación de servicios especializados de Orientación Educativa, psicopedagógica y profesional. 
  • Considera que la orientación es un factor clave para incrementar la calidad de la educación, resalta que esta actividad formara parte de la función. 
  • Se integra la orientación en el curriculo, adaptándose a un modelo organizativo que diferencia tres niveles de intervención: 
    • la acción tutorial en el aula 
    • la organización 
    • la coordinación en cada centro con el Departamento de Orientación y el asesoramiento y apoyo externo ejercido por los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica.
  • Junto a las notas, los alumnos reciben una orientación sobre su posible futuro académico y profesional.
  • La orientación forma parte de la función docente.
  • Las administraciones educativas garantizan el servicio de orientación.

LOPEG 1995
  • Orientación vocacional y dentro de la función docente.
  • Especial asesoramiento a aquellos alumnos que cambian de ciclo o etapa educativa.

LOCE 2002
  • Al igual que la LOPEG, es de carácter vocacional
  • Se ofrece orientación para los padres que tengan escolarizado un hijo con NEE para favorecer la cooperación entre familia-escuela

LOE 2006 
Entre los principios de la educación, se contempla: “la orientación educativa y profesional de los estudiantes, como medio necesario para el logro de una formación personalizada que propicie una educación integral en conocimientos, destrezas y valores”. 
  • Se presta especial atención a la etapa de la ESO con orientación académica y profesional.
  • Se sigue considerando un derecho de todo el alumnado
  • Promueve la igualdad
  • Sus destinatarios son el alumnado, las familias y los profesionales de la educación. 
  • Los orientadores tienen el rol principal pero en la acción debe intervenir toda la comunidad educativa y esto requiere de unos profesionales formados y reconocidos. 
  • Se meten contenidos de Orientación entre las funciones de los tutores
    • La tutoría de los alumnos, la dirección y la orientación de su aprendizaje y el apoyo en su proceso educativo, en colaboración con las familias
    • La orientación educativa, académica y profesional de los alumnos, en colaboración, en su caso, con los servicios o departamentos especializados.
    • La atención al desarrollo intelectual, afectivo, psicomotriz, social y moral del alumnado.
  • En lo que se refiere a la Atención a la Diversidad, la LOE prevé la detección de dificultades y necesidades tan pronto como se producen y el establecimiento de la atención temprana y las medidas de apoyo y refuerzo adecuadas basadas en el principio de inclusión.

LOMCE 2013 

Es una ley que a simple vista no hace cambios concretos en Orientación pero que si se lee entre líneas se puede ver que muchas de las modificaciones que se hacen afectan a la acción de los orientadores. 

  • La división del cuarto curso de la ESO en enseñanzas aplicadas o académicas limita las posibilidades de elección de los niños ya que uno permite el acceso a la FP y el otro al Bachiller. Esta ley esta obligando a los alumnos a que decidan antes sobre su futuro cuando no están preparados para ello, es una ley de discriminatoria, que quiere "quitarse de en medio" cuanto antes a aquellos alumnos que necesiten más ayudas en el aprendizaje.
  • Se intentan suprimir las artes poco a poco, se les resta importancia y pasan a un segundo y tercer plano 

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